La ley aprobada por la legislatura porteña (con 55 votos a favor y 4 en contra) establece que deben haber jurados de 12 miembros para tratar los delitos que posean una pena máxima de 20 años, o incluso más, como así los que se refieran a homicidios o delitos contra la integridad sexual.

El proyecto recibió un amplio apoyo por parte de los tres bloques principales, dentro de la legislatura porteña: UCR-Evolución, Vamos Juntos, y el Frente de Todos, así como de otros espacios como el GEN y el Partido Socialista, pero rechazado por el Frente de Izquierda y Autodeterminación y Libertad.

Dentro de los impulsores de esta normativa, se encuentran Leandro Halperín, del espacio UCR-Evolución, Claudio Cingolani de Vamos Juntos, y María Rosa Muiños del Frente de Todos. Los tres espacios, debieron consensuar sus respectivos proyectos sobre el asunto, para poder llegar a un texto definitivo del mismo.

El jurado de 12 personas deberá estar compuesto, por 5 varones y 5 mujeres, sin especificar ningún sexo para los otros dos miembros restantes. El padrón de jurados, será establecido por el Consejo de la Magistratura. En este padrón se encontrarán todas las personas que puedan ser sorteadas, para formar parte de un tribunal, siendo los mismos que se encuentren en el padrón electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Entre los requisitos para ser un integrante del jurado, se encuentran: ser argentino de entre 18 y 75 años, saber leer y escribir, poseer el pleno ejercicio de derechos políticos, y tener domicilio en CABA, no inferior a 4 años.

Por obvias razones, quedan excluidos de participar, el presidente y vicepresidente de la Nación, los gobernadores de las provincias como el Jefe de Gobierno porteño, los ministros, tanto nacionales como provinciales y de la Ciudad, cualquier integrante del poder legislativo, jueces y funcionarios del poder judicial, y cualquier ocupante de algún cargo reconocido dentro de un partido político.Los veredictos que estos jurados podrán dar serán: “culpable”, “no culpable”, y “no culpable por razones de inimputabilidad”. Los mismos deberán ser dados en unanimidad, caso contrario se llamará a un nuevo juicio, con nuevos jurados.